MODELLO 231
FRANCESCO BIAISA es producido y distribuido por la empresa Miriade spa, con domicilio social en Piazza Dei Martire n.º 30 – 80120 Nápoles – N.º de IVA 07631370637 y N.º de identificación fiscal 03371431218 REA – NA - 610434 (en adelante, «Miriade»).
Miriade Spa ha adoptado un modelo de organización, gestión y control (el “Modelo”) según lo requerido por el Decreto Legislativo n.º 231 del 8 de junio de 2001, en particular los artículos 6 y 7 (el “Decreto”).
Este Decreto introdujo la responsabilidad administrativa de las personas jurídicas, empresas y asociaciones, incluso las que carecen de personalidad jurídica. De conformidad con el artículo 5 del Decreto, la empresa es responsable de los delitos cometidos en su interés o beneficio:
- por personas que ejerzan funciones de representación, administración o dirección dentro de la entidad o dentro de alguna de sus unidades organizativas con autonomía financiera y funcional, así como por personas que ejerzan, incluso de facto, la dirección y control de la misma;
- por personas sujetas a la dirección o supervisión de una de las entidades a que se refiere el punto 1.
Por lo tanto, para evitar cualquier responsabilidad y garantizar mejor el cumplimiento de la legislación mencionada, Miriade ha establecido desde hace tiempo un Órgano de Supervisión con facultades independientes de iniciativa y control. Este organismo es responsable de supervisar el funcionamiento y el cumplimiento del Modelo y de garantizar su idoneidad para prevenir la comisión de los denominados delitos determinantes.
Este Órgano de Supervisión, sobre la base de la documentación adquirida y la información recibida, en cumplimiento de los requisitos y tareas establecidos en el artículo 6 del Decreto, verifica
- la adecuación del modelo organizativo y de gestión;
- la adecuación de las intervenciones encaminadas a eliminar las denominadas “no conformidades” mediante acciones correctivas y preventivas;
- la consistencia y eficacia de las delegaciones emitidas por la empresa;
- los datos recogidos en los informes de auditoría y en los registros mercantiles, con especial atención al desarrollo de los estados financieros y de las auditorías contables;
- Cumplimiento de los requisitos legales y procedimientos de la empresa por parte del personal de la empresa.
Además, en cumplimiento de lo dispuesto en el citado artículo 6 del Decreto, el Órgano de Supervisión tiene como función:
i) supervisar el cumplimiento del Modelo, así como el cumplimiento de los requisitos y flujos de información por parte de la alta dirección;
ii) supervisar la eficacia y adecuación del Modelo, en relación con la estructura corporativa y la capacidad real para prevenir la comisión de los delitos a que se refiere el Decreto;
iii) identificar y proponer al Directorio adiciones, actualizaciones y/o modificaciones al Modelo, en relación con cambios en la legislación aplicable, cambios en las operaciones de la empresa y en las estructuras organizacionales internas, o la consecuente necesidad de desarrollar procedimientos preventivos más efectivos al interior de la empresa.
DESCRIPCIÓN DE LA DENUNCIA DE IRREGULARIDADES
El canal permite a las personas que ostentan funciones representativas, administrativas o de gestión dentro de la organización, a sus subordinados e incluso a los clientes de los distintos puntos de venta enviar, garantizando la absoluta confidencialidad de la identidad del denunciante, la siguiente información para proteger la integridad de la organización:
- informes detallados sobre conductas ilícitas, pertinentes de conformidad con el Decreto Legislativo 231/2001 y basados en elementos fácticos precisos y consistentes;
- violaciones al modelo organizativo y de gestión.
El siguiente enlace le permitirá enviar informes de conducta ilícita y/o violaciones del modelo organizacional de forma anónima.